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Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaco


El Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud para el Control del Tabaco (CMCT) es un tratado internacional de salud pública aprobado en 2003 y firmado por 168 países.

Este Convenio se elaboró como respuesta a la preocupación que genera la propagación mundial de la epidemia del tabaquismo y las consecuencias que esta epidemia tiene para la salud pública. Su objetivo principal, de acuerdo a lo que se declara en el artículo 3°, es "proteger a las generaciones presentes y futuras contra las devastadoras consecuencias sanitarias, sociales, ambientales y económicas del consumo de tabaco y de la exposición al humo de tabaco proporcionando un marco para las medidas de control del tabaco que habrán de aplicar las partes a nivel nacional, regional e internacional a fin de reducir de manera continua y sustancial la prevalencia del consumo de tabaco y la exposición al humo de tabaco."

El CMCT entiende al control del tabaco como la puesta en práctica de diversas estrategias destinadas a reducir la oferta, la demanda y los daños causados por los productos de tabaco. Estas estrategias tienen como objetivo mejorar la salud de la población ya que buscan la eliminación o la reducción del consumo de estos productos y de la exposición al humo de tabaco ajeno.

Entre las principales estrategias de políticas públicas dispuestas por el CMCT se destacan las siguientes:

  • La protección contra la exposición al humo de tabaco ajeno (art.8):

El CMCT insta a los gobiernos a adoptar medidas para proteger a la población de la exposición al humo de tabaco ajeno en espacios públicos y lugares privados de acceso público cerrados, ya que reconoce que está probado científicamente que esta exposición es causa de enfermedad, muerte y discapacidad.

  • Medidas destinadas a restringir la publicidad de los productos de tabaco (art.13):

Se reconoce que la prohibición de la publicidad, la promoción y el patrocinio  del tabaco es un medio efectivo para la reducción de su consumo. A su vez, se establece un plazo de cinco años para que cada Estado Parte del Convenio adopte medidas que tengan por objetivo lograr este propósito.

  • La prohibición de la venta a menores de edad (art. 16)

Se establece que los Estados Parte deben prohibir la venta de tabaco a niños, niñas y adolescentes. Además, se indican una serie de medidas eficaces para la implementación de esta disposición, como la necesidad de mostrar una identificación para comprar productos de tabaco y la prohibición de que estos productos se encuentren en lugares directamente accesibles al público.

Asimismo, el CMCT establece la obligación de que los Estados Parte implementen medidas relativas a la promoción del abandono del consumo de tabaco y al tratamiento de la dependencia (art.14), al impulso de proyectos de educación y concientización sobre el tema (art.12), al apoyo de actividades económicas alternativas para los trabajadores y cultivadores de tabaco (art.17) y al aumento de los precios a través de impuestos como una herramienta para desincentivar el consumo (art.6).

El Convenio Marco para el Control del Tabaco entró en vigencia en febrero de 2005 y, a partir de ese momento, pasó a tener carácter obligatorio para los países que lo firmaron y ratificaron. Hasta enero de 2009, 161 de los 168 países firmantes han ratificado el CMCT. Entre ellos se encuentran los miembros de la Unión Europea, la mayoría de los países de América Latina y grandes productores mundiales de tabaco como la India, Turquía, China y Brasil.

Argentina, a pesar de haber firmado el CMCT el 25 de septiembre de 2003, es uno de los pocos países que aún no lo ha ratificado, tarea que es competencia del Congreso de la Nación.